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Esplicacion de la visa para los que son victimas de un crimen de violencia

Notable Legal Cases

CONOZCA LA LEY.(09-2013)
Por Fernando M. Palacios, JD
Cambios en las visas para las victimas que sufren violencia.

En el pasado mes de marzo el Congreso cambio los requisitos para que las personas que no son ciudadanos puedan solicitar las visas por haber sido victimas de un delito cometido con violencia en los Estados Unidos. Esas visas se conocen por las letras”U“y “T.” Las visas” U” se les otorga a las victimas de ciertos crimenes relacionados con la violencia domestica y la violacion sexual en la cual la victima ha sufrido un abuso fisico o mental substancial como resultado del crimen y las visas “T” se les otorga a las victimas del trafico ilegal de personas, lo cual incluye el trafico sexual o laboral ,que ha violado las leyes de los Estados Unidos y ocurrido dentro de este pais incluyendo sus territorios y posesiones. Para solicitar las visas “T” la victima debe encontrarse fisicamente dentro de este pais.

El cambio aludido al comienzo de este articulo se refiere a que en las visas “T” ciertos familiares de las victimas que se encuentran en peligro por represalias pueden ser incluidos en los beneficios que se otorgan en esta visa, y en las visas “U” se extienden los derechos de los menores de edad, hijos de las victimas para poder obtener los beneficios de la visa aun cuando ya hayan cumplido los 21 anos y se elimina la necesidad de obtener la Declaratoria de Ayuda Financiera ( planilla I-864), la proteccion a los hijos menores que en el trancurso del tramite de las visas pueden cumplir los 21 anos es un cambio muy importante para los solicitantes de las visas “U”. La edad del menor se hace retroactiva al momento que un padre o madre que ha sido vicrima de un crimen es elegible para la visa y la solicita, sin embargo es necesario aclarar que los hijos aunque cumplan los 21 anos tienen que permanecer solteros para que sean elegibles para los beneficios de la visa.

Las solicitudes de las visas “U” no necesitan ser acompanadas por la Declaratoria de Ayuda Financiera (I-864) porque los cambios contemplan que la situacion economica de las victimas no constituye un factor para que la visa sea negada.

Lo mejor de estos cambios es que son retroactivos, lo que quiere decir que las visas negadas anteriormente por haber cumplido los hijos menores 21 anos y las solicitudes que han sido enviadas sin acompanar la Declaratoria de Ayuda Financiera seran reabiertas y adjudicadas de nuevo de acuerdo con los cambios.

En lo concerniente a las visas “T” , los beneficios de las mismas han sido extendidos a los nietos, hijastros, sobrinos o sobrinas de la victimas, siempre que dichos familiares esten sujetos al peligro de una represalia como resultado del crimen por haber cooperado con las autoridades competentes para condenar al culpable de los hechos.

Las victimas de abuso fisico o mental cometido por un conyuge que es ciudadano o residente permanente pueden solicitar su visa (I-360) sin tener que presentar la Declaratoria de Ayuda Financiera (I-864), porque la situacion economica del solicitante no es causa ya para declararlo inadmisible en este pais.


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Attorney: Fernando Palacios
Status: Respuesta
Date Filed: August 20, 2013